Resumen | |
[J] | Contrato celebrado por una persona con discapacidad y, de otra parte, por quien no reunía el poder de representación de una sociedad. Legitimación para impugnar el contrato haciendo valer la discapacidad de un otorgante. Ratificación tácita del contrato.(publicado en Actualidad Diaria 4755 el 29 de noviembre de 2022) |
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El procedimiento se inicia con una demanda interpuesta por la sociedad GBF Asset Managemen S.A. para que se declarara la inexistencia, la nulidad de pleno derecho o la anulación de un contrato celebrado por la demandante como compradora de varias fincas con D. Demetrio (vendedor) y Grupo Bodegas Faustino S.L. (que asumió determinadas obligaciones accesorias). Además de otros motivos, se invocaba la falta de capacidad para emitir consentimiento contractual de D. Demetrio, que padecía una demencia y cuya capacidad se limitó, conforme al Derecho entonces vigente, por sentencia de incapacitación con posterioridad a la firma del contrato. Se invocaba también la falta de válido consentimiento de la compradora, con el argumento de que las personas que intervinieron en su nombre no ostentaban la representación necesaria para obligar a la sociedad. El juzgado estimó íntegramente la demanda y la Audiencia la desestimó. Recurre en casación la parte demandante. El Supremo desestima el recurso. | |
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